Las exigencias de Reacción al Fuego recogidas en el CTE (Código Técnico de la Edificación) para los falsos techos y los suelos elevados vienen mostradas en la tabla 4.1 “Clases de reacción de los elementos constructivos”.
A continuación, se muestra dicha tabla:
Figura 1. Exigencias de Reacción al Fuego recogidas en el CTE.
Por tanto, los falsos techos y los suelos elevados deben presentar al menos una euroclase B-s3,d0 (paredes y techos) y BFL-s2 (suelos).
Se podría pensar que los falsos techos deberían cumplir únicamente con la exigencia correspondiente a los techos y los suelos elevados con la exigencia de suelos, pero se debe leer con atención la observación número (6).
En esta observación, se explica que la evaluación del comportamiento de Reacción al Fuego de estos elementos constructivos debe realizarse por ambas caras, ya que el riesgo de propagación podría suceder en ambos lados del elemento.
Pero, ¿Cómo se hace? Entonces, ..¿Un falso techo debe cumplir por ambas caras con la euroclase B-s3,d0 y ¿Un suelo elevado debe cumplir BFL-s2 por ambos lados?…
La forma de cumplir con la exigencia es la siguiente:
- Falso Techo:
Cara Vista: Esta es la parte que debe ser ensayada y clasificada como un techo. Por tanto, dicha cara deberá presentar al menos una euroclase B-s3,d0.
Cara No Vista: Dicha cara se asimila a un “suelo” para evaluar el comportamiento al fuego y por tanto deberá cumplir la exigencia de suelos con una euroclase BFL-s2.
- Suelo Elevado:
Cara Vista: En este caso, esta cara debe cumplir las exigencias correspondientes a los suelos, BFL-s2.
Cara No Vista: Para evaluar el comportamiento al fuego de esta cara, ésta se asimila a un “techo” y por tanto tiene que cumplir al menos con una euroclase B-s3,d0.
El cumplimiento de la Reacción al Fuego de los suelos elevados y falsos techos ha generado bastante confusión, por ello en el blog de la Unión de los Arquitectos de las Administraciones Publicas se ha recibido una consulta sobre este asunto y que ha sido clarificada en este sentido. (Ver respuesta a la consulta).
Por último, para obtener las euroclases mencionadas anteriormente, los productos deben clasificarse según las indicaciones mostradas en la norma UNE-EN 13501-1. Los ensayos necesarios serían los siguientes:
- UNE-EN 13823 “Ensayo del SBI (Single Burning Item)”.
- UNE-EN ISO 11925-2 “Ensayo del Pequeño Quemador”.
- UNE-EN ISO 9239-1 “Ensayo del Panel Radiante de Suelos”.